Los derechos
asegurados por la justicia, no
están sujetos a regateos políticos…
John Rawls
El nuevo sistema de justicia penal acusatorio (juicios
orales), deberá estar operando totalmente a más tardar en el mes de junio del
2016. Si queremos lograrlo, no sólo requerimos palabras y buenas intenciones,
mucho menos cerrar los ojos a la realidad, pues siempre se habla de respeto a
los derechos, o que las instituciones los protegen, pero todo se queda en
discurso demagógico, con poca acción que lo respalde.
Si
en verdad queremos cambiar el sistema de justicia en México, no es suficiente
con modificar leyes; ya no estamos en la época dónde se pretendía hacer creer
que con la creación de normas, estaban resueltos los problemas sociales, como
por arte de magia.
Si
queremos transformar el sistema de justicia, necesitamos infraestructura, edificios integrales para Fiscales,
Defensores, Peritos, Detectives, Policías, Mediadores y Poderes Judiciales; espacios
e instrumentos adecuados para ejercer las funciones de mediación,
investigación, acusación, defensa, asesoría, vigilancia y, la más importante, de
juzgamiento y ejecución de sanciones. Podemos agregar a la lista la reorganización
administrativa, remuneración adecuada, capacitación, tecnología informática, y
mucho más, para que todo lo que se dice no quede en promesas de papel, y sea
efectivo para satisfacer derechos humanos.
Pero, sobre todo, se requiere apoyar al Poder Judicial
con recursos suficientes para lograr que los procedimientos de Administración
de Justicia funcionen, pues no podremos hablar de una justicia adecuada,
completa y de calidad, si se siguen negando los medios económicos necesarios
para distribuir convenientemente la carga de trabajo, y atender con mayor
prontitud y eficacia a los involucrados. El Poder Judicial requiere
un buen número de jueces para la función de juzgamiento, así como administradores
de tribunales, asistentes, notificadores, actuarios, etc., que auxilien en labores
no jurisdiccionales y gestión administrativa (coordinación con los jueces, atención
al público, seguimiento de causas, salas de audiencia, agenda judicial, apoyo
informático y tecnológico, gestión de recursos, seguridad procesal).
Así,
la verdadera reforma en el nuevo sistema
penal acusatorio está en el control judicial de todo el procedimiento; los
jueces serán los vigilantes de que las autoridades y los particulares se
abstengan de violentar indebidamente los derechos humanos en la investigación y
procesamiento de los hechos delictivos. Y sostengo que ahí se encuentra la
médula del nuevo modelo, ya que el Poder Judicial es el que tiene la fuerza en
un Estado Constitucional y Democrático de Derecho; es el que, finalmente,
decide lo que debe respetarse, aún por encima de los demás poderes estatales: en
cualquier conflicto jurídico, regularmente quien toma la decisión definitiva es
el Poder Judicial. Es quien realmente gobierna en un sentido jurídico.
El Poder Judicial es un organismo creado no sólo para
resolver conflictos, sino, en especial, para proteger los derechos fundamentales
de los seres humanos; es una garantía jurídica de protección de la persona contra
conductas autoritarias de otros particulares o del Estado. Por ello, no podemos
dejarlo abandonado; no podemos cerrar los ojos y esperar que haga milagros con
pocos recursos, falta de personal y exceso de trabajo. No sólo el sistema de
justicia penal requiere cambios, también las áreas civiles, mercantiles,
familiares, de mediación y administrativas, atienden diariamente a cientos de
personas que buscan justicia; y una justicia rápida.
Entonces, no solamente se trata de implementar el nuevo
sistema penal: ya es tiempo de una reforma para asignar, legal y
obligatoriamente, un mínimo del 2% del total del presupuesto anual al Poder
Judicial. Esa sería una clara muestra de apoyo real, un mensaje efectivo de que
quiere ayudarse a la ciudadanía, pues con un Poder Judicial sin todas las
herramientas que le permitan ser más efectivo, la sociedad está expuesta a la
afectación injustificada de sus derechos.
En conclusión, el sistema de justicia penal acusatorio es
más que una modificación normativa y, parafraseando a John Rawls, los derechos
humanos no están sujetos a cálculos políticos, intereses de unos pocos, y mucho
menos a falta de presupuestos.
Lo último será lo
primero.
El pasado 14 de noviembre
escribí en La Jornada Aguascalientes, que no era
necesaria una declaración de inconstitucionalidad o promover nuevos amparos,
para que las autoridades dejaran a un lado las prohibiciones sobre la cantidad
mínima de consumo inmediato de marihuana, pues bastaba con aplicar el principio
pro homine, y garantizar el libre desarrollo de la personalidad. Un Juez de
Control de Yucatán lo acaba de hacer, ya que consideró inconstitucional
criminalizar la posesión simple de la droga, por relacionarse con el consumo
personal y ese libre desarrollo de la persona. Lo declaró sin que un Tribunal
Federal se lo ordenara, sin esperar jurisprudencia, cumpliendo con su función
como Juez, garantizando directamente el derecho de una persona. Paso a paso se
avanza en ese largo y sinuoso camino llamado “efectividad de los derechos
humanos”.
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